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Ministerio de la Ley

Fueron las palabras que hicieron tendencia de redes sociales el 26 de noviembre cuando la Asamblea Nacional no aprobó, no negó ni archivó el proyecto de ley urgente de Desarrollo Económico remitido por el Ejecutivo. Por este motivo, entrará en vigencia por el Ministerio de la Ley, es decir, por decreto de ley emitido por el Presidente de la República, en concordancia de lo que disponen los artículos 140 de la Constitución y 62 de la Ley de la Función Legislativa.

Un proyecto de ley para ser aprobado por el órgano legislativo tiene que pasar por dos debates al interior de la comisión legislativa designada, previo a ser debatido en primer y segundo debate por el Pleno. Al inicio de la sesión, la Bancada del Acuerdo Nacional (BAN) y sus aliados plantearon una moción para aprobar el informe de mayoría elaborado en la Comisión de Desarrollo Económico, pero logró 30 votos y no los 70 votos que se necesitaba.

La negativa al informe de mayoría tiene como efecto jurídico dar paso al tratamiento del informe de minoría. Dentro del procedimiento parlamentario, un proyecto de ley para ser negado debe necesariamente ser archivado y el archivo tampoco consiguió los 70 votos necesarios, debido a la abstención de la bancada de UNES. No parece ser desconocimiento del procedimiento legislativo, en el futuro cercano sabremos si se trató de un acuerdo político con el Ejecutivo

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